jueves, noviembre 22, 2007

Federalismo, Unitarismo y Regionalismo.

En el Ecuador, la regla general parece ser de un rechazo, por parte de la sociedad y de los grupos políticos al modelo centralizado del Estado. La discrepancia ha surgido en el momento de afirmar cómo debe ser la nueva estructura territorial, de qué manera han de incardinarse en él las regiones que la componen y de qué modo debe repartirse el poder político. Ya han surgido algunas propuestas de los grupos políticos que aspiran acceder a la Asamblea Constituyente, por lo que considero de gran utilidad aclarar a la ciudadanía ciertos conceptos básicos de la organización territorial del Estado, emulando a los cursos introductorios 101 de las universidades.

Federalismo: Implica la total descentralización política de las regiones. Una Constitución Federal y constituciones regionales. Un Parlamento regional propio –con capacidad legislativa– y un Presidente, ambos elegidos democráticamente por los ciudadanos de la región. Asimismo, dos instancias de justicia, una Federal –nacional– y otra regional. Las competencias exclusivas del Estado Federal se definen en la Constitución y aquellas que no están reservadas exclusivamente a aquel, son de competencia de las regiones. Ejemplos: Estados Unidos, Alemania, Austria, Brasil.

Unitarismo: Obviando el modelo centralista-absoluto, actualmente el unitarismo propugna exclusivamente una descentralización administrativa hacia los entes regionales –municipios, provincias o regiones–. El poder político –la facultad de dictar leyes formales– es únicamente del Estado Central. Las regiones solo pueden aspirar a ser administradores de los entes estatales encargados de ejecutar las competencias. Ejemplos: Bolivia y Ecuador, en el último caso, el Municipio de Guayaquil ha asumido exclusivamente la administración del Registro Civil, no pudiendo dictar leyes formales en esta materia.

Regionalismo: La mayoría de la doctrina ha catalogado al Estado Regional como un modelo a medio camino entre el Estado Unitario y el Estado Federal. Existe una Constitución Estatal y leyes orgánicas estatales que contienen los Estatutos Autonómicos –una especie de Constitución de las regiones-. Es un Estado con descentralización política, lo que conlleva un Parlamento autonómico propio y un Presidente, ambos elegidos democráticamente por los ciudadanos de la región. La Justicia permanece siendo unitaria y de carácter nacional. La Constitución enumera las competencias del Estado y las regiones pueden asumir en sus estatutos todas las competencias que no sean de exclusividad estatal, si no lo hacen, estas competencias continúan siendo del Estado Central. Ejemplos: España, Italia, Bélgica, Gran Bretaña.

A mi juicio, en el Ecuador no se cumplen los requisitos para una federalización y todos conocemos el actual fracaso del unitarismo. Es necesario entonces adoptar una posición ecléctica, que permita una gradualidad del cambio desde un Estado centralizado a otro descentralizado políticamente. Considero la opción más viable la del denominado Estado Regional, con descentralización política –facultad de las regiones para dictar leyes formales dentro de las materias de su competencia-, que ofrece todas las ventajas del federalismo y ninguno de sus inconvenientes.

Es evidente que el sistema de las autonomías será más complejo, sin embargo, este reconoce los valores y el empuje de las regiones a las que se les devuelve la confianza en sí mismas, y la posibilidad de gobernar –riesgo y ventura- sus propios intereses y participar en la empresa común que es el Estado.

lunes, junio 25, 2007

Autonomía no es separatismo

Con la Asamblea Constituyente que se avecina es necesario que como sociedad comencemos el debate de lo que será nuestra próxima Constitución, a efectos de poder interiorizarla, asegurar su eficacia y su prolongación en el tiempo, especialmente en el tema de la organización territorial del Estado.

Existen tres especies generales de organización territorial de un Estado: el centralismo, la descentralización administrativa y la descentralización política. La primera concentra el poder en un solo punto del Estado, la segunda distribuye tareas administrativas –no de decisión– a ciertos territorios, y la tercera distribuye el poder político a los territorios del Estado. España, con la Constitución de 1978 pasó de un régimen centralizado a un régimen de descentralización política, lo que tuvo como resultado el actual Estado de las Autonomías. Este país ha pasado, desde esa fecha hasta la actualidad, de ser un país subdesarrollado a una de las primeras potencias económicas mundiales.
Esto, en parte, gracias al exitoso proceso de descentralización política con la creación de las Comunidades Autónomas y también, en parte, a su posterior ingreso a la Unión Europea en el año 1986. Pero en general, ambas técnicas se han convertido en una necesidad de las sociedades modernas.

Ni la descentralización política, ni la integración supranacional han tenido en el Ecuador procesos serios que permitan deducir que su implementación real va a producir efectos favorables para la economía ecuatoriana. Con el actual proceso constituyente en marcha, tenemos una oportunidad de comenzar un debate serio y sensato, que nos permita elaborar consensos para implementar un sistema de distribución territorial del poder que permita el desarrollo libre de todas las regiones del Ecuador, ya que un modelo territorial impuesto desde una concepción unilateral solo traerá como consecuencia su inevitable fracaso.

Los modelos de descentralización política han demostrado que resulta siempre más eficiente acercar el poder a los ciudadanos y darles una mayor participación en los asuntos públicos, trayendo como consecuencia ineludible una mayor satisfacción de sus necesidades y un mayor desarrollo regional. La Constitución española, en su artículo 2 “reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran…”. Este derecho a la autonomía se encuentra absolutamente sometido a “la indisoluble unidad de la Nación (…), patria común e indivisible de todos…”.

La inclusión en el nuevo texto constitucional del derecho a la autonomía de las regiones del Ecuador es una necesidad imperiosa que conllevará el fortalecimiento del autogobierno de los entes territoriales y una mayor participación política en las decisiones de la vida pública, especialmente en las que incumben a su territorio, dejando al Estado Central estrictamente las potestades necesarias para mantener la unidad del Estado. Es necesario renovar el sentimiento autonómico y jamás confundirlo con un nacionalismo ciego y radical. Necesitamos que el poder se acerque más a los ciudadanos y que permita a cada pueblo, democratizar el poder, mayor eficacia en el gasto público y la ruptura del Estado burocrático y centralista mantenido por tecnoestructuras de ámbito nacional que se han mostrado alienantes e ineficaces. Es por eso que autonomía no es separatismo; autonomía es desarrollo y prosperidad.

martes, junio 05, 2007

La inactividad administrativa

A propósito de haber incluido en el proyecto de Constitución ecuatoriana, a cargo de la Comisión liderada por Maria Paula ROMO, una cláusula que contemple la inconstitucionalidad por omisión, es necesario también plantearse la necesidad de incluir una cláusula que contemple la inactividad administrativa.

En un estado social y democrático de Derecho, como el que pretendemos tener en el Ecuador, la Administración Pública tiene una vinculación cotidiana e importante con los ciudadanos –o administrados-, generalmente en mayor medida que cualquier otro poder del Estado. Así, la Administración Pública tiene la obligación de dictar reglamentos a las leyes -cuyo número sobrepasa con creces a las propias leyes-, actos administrativos –expropiaciones, resoluciones a recursos, etc…-. El problema surge cuando la Administración deja de efectuar los actos a los cuales está obligada. No es difícil acordarse de la famosa frase del funcionario que nos explica que: “no se puede hacer nada respecto de nuestra petición o trámite porque todavía no dictan el reglamento a la ley…” o que después de meses de insistir en un reclamo administrativo no obtengamos ninguna respuesta. Es cierto que la figura del silencio administrativo positivo soluciona alguno de estos problemas, pero su aplicación general trae más efectos negativos que positivos, ya que la inactividad administrativa termina siendo, a veces, sancionada de manera excesiva e irracional y por ende se hace muy difícil obtener una condena por parte de los Tribunales en contra del Estado y peor aún hacerla efectiva. Es necesario entonces regular la inactividad administrativa, introduciendo un conjunto de reglas que permitan a los Tribunales sancionar caso por caso las diferentes inactividades de la administración. Un elemento material, cual es la constatación de una situación de pasividad o inercia de la Administración; uno formal, que convierte dicha situación en una omisión por infracción de un deber legal de obrar o actuar y determina su antijuridicidad; y uno funcional que permita, caso por caso, determinar si la inactividad de la Administración no se encuentra justificada por razones de fuerza mayor o simplemente por imposibilidad material de ejecución.

La inactividad administrativa desconoce la posición servicial y la vocación dinámica y transformadora de la realidad social a que está llamada constitucionalmente la Administración en el modelo de Estado Social. Este modelo agrava la dependerían individual de la acción pública y de no producirse ésta cuando es legalmente debida y se confía razonablemente en ella, genera un grave problema de desconfianza institucional y hace crecer un sentimiento de fraude e injusticia que pone en cuestión la propia modalidad social del Estado de Derecho y hace peligrar muchas de sus conquistas históricas.

martes, mayo 15, 2007

Una breve defensa del "derecho" natural

(Derecho va entre comillas porque no es del todo propia la expresión)

El hecho de que, aplicando la suficiente presión, el dedo de una persona pueda ser doblado más de 120% grados de la posición inicial de mano abierta, no hace que la (seguramente dolorsa) posición resultante sea en ningún sentido natural.

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Ultimamente creo que más allá de su pesada y totalmente prescindible ontología, hay mucho sentido a las posturas de "derecho" natural en cuanto a que efectivamente me parece que existe una moralidad, básica, compartida, vencible si se le aplica suficiente violencia, que representa algo básico de nuestra naturaleza humana.

Pienso en ella como un río, en el que, si bien las violencias circunstanciales pueden enturbiar las aguas, la tendencia general sigue siendo cuesta abajo hacia el mar.

Por supuesto, nada de esto implica metafísica complicada. Basta asumir que tenemos ciertas afinidades programadas en nuestra biología, o quizás, predisposicones biológicas que se disparan en las situaciones sociales básicas de todo ser humano, primera entre ellas, la familia. Esto ya lo dijo Rawls si no me equivoco.

(En todo caso, buscar las causas de esta moralidad ya es una tarea adicional que no me preocupa; y sigo siendo fundamentalmente un intuisionista en términos éticos.)

En todo caso, hoy en día, todo esto me parece absolutamente plausible.

Sobre la(s) ideología(s) I

Esto es algo en lo que quiero profundizar más adelante. Tengo la intuición, la convicción si se quiere, de que si tenemos valores éticos y respeto por la ciencia no necesitamos ideologías.

Los valores éticos todos los conocemos, pero existe la tendencia a desconocerlos en el discurso académico y en debate ¨pluralista¨ o ¨secular¨. Parece ser que lo intelectualmente defendible y políticamente correcto hoy en día es reemplazar los principios éticos más humanos por referencias a valores aparentemente neutros como la libertad, la democracia o la eficiencia económica. Hoy en día, en muchos foros, no parece ¨serio¨ decir que la inequidad económica mala, o inmoral, preferimos decir que es insostenible, que degenera la calidad de la democracia, o por el contrario, que es inevitable para mantener una economía eficiente. Curiosamente, es al hacer esto que realmente estamos violando la integridad intelectual de nuestro discurso, aduciendo argumentos pseudocientificos que esconden juicios morales, cuando la pregunta llama por un juicio de valor. Estos valores neutros, a diferencia del compromiso laborioso de los valores morales reales, son silogisticos y abstractos y se adaptan mal a las situaciones particulares.

No debemos temer que usar valores reales representa una solidificación intolerante de posiciones. Las ideologías son las que causan esto. Los valores humanos reales estan totalmente integrados a la historia personal de cada uno, y de la misma forma que la interacción con los demás cambia orgánicamente nuestra historia peronsal, también la vida es capaz de harmonizar nuestros valores. Lo mismo no sucede con las ideologías que existen por si solas en el mundo de las ideas.

Esta tendencia moderna a clamar por valores neutros responde a una sobre-estimación (y mala estimación) de la supuesta objetividad de la ciencia, por un lado, y a una innecesaria sub-estimación de las certezas de la moralidad.

Los únicos que creen en la certezas de la economía o de la teoría política son los que no saben mucho de estas disciplinas, o los que aun sabiendo mucho, han abandonado el espíritu de la actividad científica para dedicarse al quehacer político de propagar sus ideas. Cosa que es muy posible; Khun a demostrado, por ejemplo, que el que una persona se aferre o no al método científico no juega papel alguno en su capacidad de hacer descubrimientos. Ninguna ciencia social puede hoy en día reemplazar el sentido común y la moralidad compartida de los seres humanos, y la labor de la ciencia no es crear una moralidad científica pero demarcar los contornos de la realidad para informar el accionar humano respecto de sus consecuencias.

Por otro lado, la moralidad de las personas es mas convergente de lo que creemos, y en el mundo de los valores reales, no de los ideólogos alienados, la interacción humana harmoniza las posiciones extremas a posiciones complejas pero vivibles.

Si los valores nos dicen el camino que debemos tomar como individuos y como sociedad, la ciencia es el vehículo que nos permite realizar la travesía. Tiene poco sentido, hoy en día, lanzarnos a la búsqueda de justicia social sin poner atención a las experiencias de otros o a las generelizaciones interseantes que pueden haber surgido de esas experienicas. No hay mérito en neciamente tropezar en la oscuridad cuando otros han hecho ya esta labor. Puesta en su verdadero lugar -no en la elaboración de valores pseudocientificos, ni en un intento de sostener ontologías- la ciencia brilla como la mejor herramienta para llevar a cabo las aspiraciones humanas.

Esto dicho, cual es el papel de una ideología? Evitar el razonamiento moral y el razonamiento científico ofreciendo una solución prefabricada para nuestras preguntas, cuya única virtud -la consistencia- es algo muy poco loable en un mundo infinitamente complejo como aquel en que vivimos.

martes, mayo 08, 2007

Democracia vs legalidad

Unas palabras del profesor Garcia de Enterría, en su discurso a alumnos de la Universidad Complutense de Madrid, que seguramente resonaran en las mentes de todos aquellos politicos que han utilizado el pretexto democratico y la voluntad popular para transgredir las leyes:

<<... no cabe, en modo alguno, contraponer principio democrático con principio de legalidad. La primera aplicación del principio democrático es ser gobernado por la Leyes (obra de la voluntad general) y no por los hombres; es el Preambulo de la Constitucion quien lo dice, no yo; la Constitucion se promulga con la "voluntad de (...) consolidar un Estado de Derecho que asegure el impero de la Ley como expresion de la voluntad general".

Ninguna autoridad puede invocar su origen democrático para infringir la ley; ésta es la esencia misam del Estado de Derecho...>>

Cuantas veces no hemos escuchado que la voluntad popular en las urnas a favor de la instalacion de una Asamblea Constityente, es suficiente para transgredir las normas (ya que la actual Constitucion no comtemplaba ese procedimiento para reforma d ela Constitucion) e instalar de ese modo la dichosa Asamblea?

Esto no es culpa de los politicos. Es culpa de nosostros. Del pueblo que no hace respetar su voluntad original, su voluntad esencial, que es vivir en un Estado de Derecho. No hacemos respetar el acuerdo básico, que consiste en tener reglas del juego y respetarlas. Hasta cuando vamos a permitir que nos impongamos (a traves de Constituciones) reglas del juego democrático y las rompamos nosotros mismos, en una cadena de eventos que nunca tienen como finalidad el bienestar del pais, sino un incansable cambio de las reglas.

Nuestra vida democratica es un partido de futbol de 90 minutos que ha empezado 19 veces (19 constituciones) y cada una de esas veces, hemos cambiado las reglas sobre el numero de jugadores, el offside, la cantidad de tarjetas permitidas, el tipo de balón, y hasta el color de los equipos.

Hasta cuando seguimos en esto!!! Dejennos jugar el partido!!!

jueves, mayo 03, 2007

¿Para qué sirve una Constitucion?

¿Cuál es la función principal y real de una Constitución? ¿Por qué el contenido de una Constitución debe ser conocido y aprobado por todos, desde el betunero hasta el diputado (restituido o suplente)?

Estas preguntas se tornan realmente muy importantes en estos momentos, cuando está próxima la instalación de una Asamblea Constituyente que –entre otras cosas- dictará una nueva Constitución (CE) sobre la cual se ha generado una expectativa muy grande y en la que la esperanza del pueblo recae. Esta nueva CE, supuestamente, traerá por fin los cambios tan necesitados y reales que necesita el Ecuador para convertirse en un auténtico Estado de Democrático de Derecho. A mi juicio, es difícil pensar que la expedición de una nueva CE empezará a construir desde arriba, los cambios necesarios para permitir una transformación integral del modelo seudo-democrático ecuatoriano. Sin embargo, la expedición de una nueva CE es inevitable con la instalación de una Asamblea Constituyente, con lo que ahora se torna muy necesario y urgente saber para que sirva una CE, en aras de poder redactar nuestra próxima Carta Magna de la mejor manera posible.

La Constitución como Acuerdo Básico.- La CE debe nacer de un consenso general, de un acuerdo básico que permita a una mayoría significativa de los ecuatorianos sentirse parte del mismo. Es por este motivo que las Constituciones no deben ser impuestas, porque generan inmediatamente un rechazo significativo de parte de la población, lo que deriva en su masivo incumplimiento y la consecuente ruptura del orden constituido. Las Constituciones deben ser asumidas y generadas dentro de la fundamental y necesaria convicción de respetar la nueva Constitución, de respetar las nuevas reglas del “juego” –si cabe tan atrevida analogía-, y de utilizarla como fundamento del Estado mismo.

Haciendo un descriptivo símil, si nos sentamos 5 personas a jugar un juego de mesa, antes de empezar a jugarlo, debemos todos ponernos de acuerdo sobre las reglas básicas del mismo. Por ejemplo: ¿quién tira los dados primero? ¿Qué fichas o que colores va a utilizar cada jugador? o ¿En qué sentido van continuar los sucesivos turnos, ya sea en sentido de las manecillas del reloj o en sentido contrario? Esa analogía podemos trasportarla –con mucha mas envergadura, complejidad e importancia- a un proceso constituyente y reconocer ciertos símiles. Por ejemplo, los 5 jugadores que se ponen de acuerdo con las reglas básicas del juego, son los constituyentes y esas reglas básicas del juego son la Constitución misma. Entonces, si una parte significativa de los 5 jugadores no está de acuerdo con las reglas del juego –autoimpuestas- no las respetarán y las incumplirán. De ahí que la CE deba erigirse como un Acuerdo Básico que provenga de un consenso general de todos los “jugadores”.

La Constitución como instrumento de control del poder.- Al establecer las reglas básicas del “juego” la CE elabora un marco jurídico general, estable y permanente, que reconoce los derechos de los ciudadanos y delimita las funciones del Estado y su papel en la sociedad. Esto permite a los ciudadanos, conocer plenamente cuales son nuestros derechos, nuestros deberes y cuales son las potestades que, fruto del consenso social básico, hemos otorgado al Estado. Este conocimiento de las reglas básicas del “juego” –siguiendo con la atrevida analogía-, nos permite controlar a los otros jugadores (Estado y otros ciudadanos) y saber cuando sus actuaciones no están de acuerdo con las reglas impuestas por todos. Es por esto que la Constitución, en los sistemas democráticos modernos, es el instrumento principal de control del poder y de la lucha contra la arbitrariedad. Además, la CE es instrumento de reparto del poder, al establecer en ella misma el sistema de distribución de poderes que permite el funcionamiento del sistema de pesos y contrapesos entre los poderes del Estado - piedra angular donde se asientan los modernos sistemas democráticos- lo que evita la concentración del poder y la arbitrariedad.

La Constitución como competencia de competencias.- Como dijimos anteriormente, la CE establece el marco jurídico general, sobre el cual el Estado puede ejercer sus poderes para satisfacer el interés general. Este marco jurídico, debe ser concebido como límite de la actuación estatal, pero al mismo tiempo como fundamento del poder. Es decir, la Constitución traza el camino por el cual el Estado puede transitar en la vida pública. Todas las potestades del Estado encuentran su origen en la CE y son posteriormente desarrolladas por el poder Legislativo, como expresión de la soberanía del pueblo. En otras palabras, la CE o Acuerdo Básico, traza los caminos principales de la actuación estatal para que posteriormente los poderes constituidos la desarrollen libremente, siempre dentro de los límites por ella impuesta. Por eso decimos que la CE es competencia de competencias, porque todas las competencias del Estado nacen exclusivamente de la expresa atribución de las mismas en la CE y no de antojos particulares del caudillo de turno.

Entonces, ¿para qué sirve una Constitución? Una Constitución sirve para establecer las reglas básicas de la vida en sociedad. Sirve para reconocer derechos y establecer obligaciones para los ciudadanos. Sirve para delimitar el papel y las funciones del Estado. Sirve como instrumento de unidad política del Estado. Sirve para controlar al Estado y evitar el abuso y la arbitrariedad. Una Constitución sirve para unir, para cohesionar, para fusionar a toda una sociedad bajo unas reglas del juego que permitan avanzar en conjunto en pro de un futuro común de progreso, paz y prosperidad. Asimismo, una CE mal concebida, producto de la imposición y que responda a modelos ideológicos cerrados, puede servir de instrumento de opresión o, peor aún, puede que no nos sirva para nada.

viernes, abril 13, 2007

¿Porqué los plenos poderes?

Alguna vez se han preguntado ¿porqué los plenos poderes? ¿Porque tanta insistencia en los plenos poderes? La respuesta es bastante desconcertante, sino aterradora.

La pregunta para la consulta popular que deberá autorizar la instalación de una Asamblea Constituyente de plenos poderes, dice: “¿Aprueba usted, que se convoque e instale una Asamblea Constituyente con plenos poderes de conformidad con el Estatuto Electoral que se adjunta, para que transforme el marco institucional del Estado y elabore una nueva Constitución?”

De la pregunta, como esta formulada, podemos afirmar que la instalación de la Asamblea de plenos poderes tiene dos finalidades: 1) Transformar el marco institucional del Estado, y 2) Elaborar una nueva Constitución. La segunda pregunta tiene una respuesta clara y evidente. Es casi unánime la convicción general de que la Constitución del 98 necesita cambios estructurales para poder implementar un nuevo modelo de país que satisfaga las necesidades actuales de los ecuatorianos. Sin embargo, lo que es digno de comentar es el primer propósito de la Asamblea Constituyente ¿A que se refiere la pregunta con transformar el marco institucional del Estado?
Como nos explica BREWER-CARIAS, Alan (Golpe de Estado y Proceso Constituyente en Venezuela, Segunda Edición, 2007, Ed. Goberna&Derecho, Guayaquil) transformar el marco institucional significa que la Asamblea Constituyente podrá, a su antojo reorganizar, suprimir o crear cualquiera de las instituciones políticas del Ecuador –desde el Congreso Nacional, Corte Suprema de Justicia, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo Electoral, hasta cualquier concejal, alcalde o teniente político-, sin un requisito de motivación, y sin ningún procedimiento estricto, sino que simplemente con la mayoría simple de los Asambleístas. Tenemos que ser conscientes de esto, ya que en el caso de ganar el SI en la consulta popular, debemos recordar que estamos entregando a los Asambleístas la potestad de remover a cualquier funcionario público –desde el Alcalde de Guayaquil hasta el Teniente Político de Catarama- y de suprimir cualquier institución del Estado –como dijimos Corte Suprema, TC, etc.-

En mi honesto criterio, no son necesarios los plenos poderes de la Asamblea para implementar los cambios estructurales que la Constitución necesita. Entonces, si lo que queremos es una nueva Constitución ¿porqué los plenos poderes? ¿Por qué queremos concentrar tanto el poder?

Como dije, creo que no son necesarios ni convenientes los plenos poderes de la Asamblea, porque lo que realmente queremos los ecuatorianos es una nueva Constitución que nos permita explotar nuestras habilidades, reconociendo nuestras diferencias. Necesitamos una Constitución como carta de navegación del país, que nos permite dar los pasos certeros y adecuados en búsqueda del progreso integral. Necesitamos una Constitución como límite convencional a la democracia, que evite los riesgos del tumulto, la anarquía y el fraccionalismo. No necesitamos una democracia de las Asambleas, sino una democracia de las instituciones. No necesitamos un órgano de poder absoluto –digno de la Edad Media- con potestad de reorganizar todo el marco institucional, sino más bien que se concentren en redactar una Constitución real, práctica y abierta que nos guíe hacia el camino de la prosperidad y el desarrollo. Es por esto que la Asamblea DEBE SER DIRIGIDA – y convertirse en Asamblea Constitucional-, con un mandato soberano de incluir una limitación absoluta de que la Asamblea se instaurará con la única finalidad de dictar una nueva Constitución y someterla a aprobación por referéndum. De esta manera desvanece el fantasma de que la Asamblea tenga poderes absolutos –comparables con los de Luis XIV, el Rey Sol- y que pueda reorganizar a su antojo todas las Instituciones del Estado irrespetando la voluntad popular de las elecciones de octubre de 2006.


Sabemos que la clase política vieja ha hecho, sigue y seguirá haciendo atrocidades en el manejo político del país, manejando las instituciones a su antojo y demostrando un total desprecio por las instituciones del Ecuador y especialmente por su pueblo. Este desacierto –por decir lo menos- no es justificación para que ahora, so pretexto de aniquilar a esa clase política vieja y corrupta, se sigan manteniendo esas prácticas de insolencia, arbitrariedad e irrespeto. Personalmente estoy consciente que la Constitución necesita reformas esenciales y urgentes que permitan más gobernabilidad y un mayor reparto del poder político –por ejemplo en reconocer el Derecho a la autonomía – que redunda en un beneficio para todos los ecuatorianos. Sin embargo, esta nueva Constitución, como instrumento de unidad política del Estado, no puede nacer como una imposición de soluciones coyunturales, sino más bien de un proceso de consenso general. Un Acuerdo Básico. Este acuerdo básico debe tener como primicia fundamental la necesaria convicción de todos los que hacemos el consenso -el pueblo del Ecuador- de respetar la nueva Constitución y de utilizarla como fundamento del Estado mismo. Ese es el consenso fundamental. Para facilitar esta labor de respeto a la Constitución, es necesario, que ninguna fracción SIGNIFICATIVA de los grupos políticos o sociales rechace el texto constitucional, dado que si la rechazan, cuando estos lleguen al poder, van nuevamente a propiciar una Asamblea Constituyente.
¿Cómo se logra la estabilidad y el respeto al texto constitucional? Otorgándole un carácter abierto a la nueva Constitución. Una Constitución con reglas del juego en un marco flexible, definidor a largo plazo de un óptimo social y económico que puede y debe realizarse de una u otra forma en virtud del juego plural de las fuerzas políticas. En otras palabras, la Constitución no está para satisfacer un determinado modelo ideológico (liberal, socialista, etc.), sino que debe garantizar y fomentar el pluralismo político, por medio del cual hoy nos rige un hombre de izquierda y el siguiente presidente que elijamos puede ser de derecha o de centro. Los Gobiernos pasan, el poder se transfiere, pero la Constitución debe perdurar hasta que se agoten todas las vías posibles para su desarrollo y ejecución. Es por esto que la misma debe establecer las reglas básicas en las que todos estamos de acuerdo y que por eso mismo se tornan en BASICAS. Estas reglas básicas deben ser lo suficientemente generales para que la Constitución no puede concebirse como un sistema cerrado de instrucciones vinculantes, precisas y unívocas, sino como un cauce, un marco de límites externos dentro de los las cuales las diferentes fuerzas políticas que se encuentren en el poder, producto de la voluntad soberana, puedan ejercerlo libremente.
Entonces, ¿son realmente necesarios los plenos poderes de la Asamblea? Personalmente creo que no. Los cambios pueden venir con la expedicion de una nueva Constitución, ya que éstos derivan, no de la norma, sino de la firme convicción de una nueva generación de políticos honestos y capacitados de implementar, en su día a día, los cambios y las nuevas formas de hacer política necesarios para rescatar a nuestro país de este abismo.

lunes, marzo 05, 2007

Una Constitución Abierta

Frente a la reciente conformación de una Comisión Académica del Gobierno para redactar varios proyectos de Constitución sobre los que trabajaría la Asamblea Constituyente, me permito hacer algunas reflexiones:

La Constitución Política del Estado debe ser concebida como un ACUERDO BASICO de nuestro pueblo: “Nosotros los ecuatorianos nos ponemos de acuerdo para hacer las siguientes reglas del juego político:...”

Esta nueva Constitución, como instrumento de unidad política del Estado, no puede nacer como una imposición de soluciones coyunturales, sino más bien de un proceso de consenso general. Un Acuerdo Básico. Este acuerdo básico debe tener como primicia fundamental la necesaria convicción de todos los que hacemos el consenso (el pueblo del Ecuador) de respetar la nueva Constitución y de utilizarla como fundamento del Estado mismo. Ese es el consenso fundamental. Para facilitar esta labor de respeto a la Constitución, es necesario, que ninguna fracción SIGNIFICATIVA de los grupos políticos o sociales rechace el texto constitucional, dado que si la rechazan, cuando estos lleguen al poder, van nuevamente a propiciar una Asamblea Constituyente.

¿Cómo se logra la estabilidad y el respeto al texto constitucional? Otorgándole un carácter abierto a la nueva Constitución. ¿Qué es una constitución abierta? Es aquella que contiene las reglas del juego en un marco flexible, definidor a largo plazo de un óptimo social y económico que puede y debe realizarse de una u otra forma en virtud del juego plural de las fuerzas políticas… (Santamaría Pastor, J.A.) Esto quiere decir que la Constitución no está para satisfacer un determinado modelo ideológico (liberal, socialista, etc…), sino que debe garantizar y fomentar el pluralismo político, por medio del cual hoy nos rige una hombre de izquierda y el siguiente presidente que elijamos puede ser de derecha o de centro. Los Gobiernos pasan, el poder se transfiere, pero la Constitución debe perdurar hasta que se agoten todas las vías posibles para su desarrollo y ejecución. Es por esto que la misma debe establecer las reglas básicas en las que todos estamos de acuerdo y que por eso mismo se tornan en BASICAS. Estas reglas básicas deben ser lo suficientemente generales para que la Constitución no puede concebirse como un sistema cerrado de instrucciones vinculantes, precisas y unívocas, sino como un cauce, un marco de límites externos dentro de los las cuales las diferentes fuerzas políticas que se encuentren en el poder, producto de la voluntad soberana, puedan ejercerlo libremente.

martes, enero 02, 2007

Algunas ideas sobre Correa, la Constituyente y el eventual cambio del Ecuador

1.- Si bien pienso que Correa era el mejor de los dos finalistas, resulta que es igualmente difícil lograr un verdadero cambio en el Ecuador, al menos que sus intenciones sean realmente respetadas por todos sus colaboradores. Sin embargo, COINCIDO con muchas de sus políticas, aunque dudo seriamente en que lleguen a ser aplicadas, ya sea por presiones políticas de partidos hegemónicos o por el poder económico.

La Constituyente: DEBE SER DIRIGIDA.- El mandato soberano debe incluir la limitación absoluta de que la Asamblea se instaurará con la única finalidad de "reformar" la Constitución en relación con: organismos de control, conformación del congreso, facultades del presidente, sistema judicial, y otros semejantes. De esta manera desvanece el fantasma de que la Asamblea declare a Correa como Monarca del Reino de Quito y que su descendencia gobernará los destinos de nuestro humilde y subyugado pueblo (lejos de que creo que esa no es su intención).

Como la hacemos dirigida? La convocatoria a consulta popular para instaurar una Asamblea Constituyente (o Constituida) debe expresar claramente los temas que quieren ser "reformados" y evitamos la carta blanca.

2.-Asunto aparte es la procedencia de esta consulta, con un TSE controlado por el PRIAN y PSP. Recientemente se conoce que desecharían el pedido a consulta popular por INCONSTITUCIONAL, lo que traería una larga y seguramente infructuosa guerra de poderes, con los seguidores de correa marchando en la calle y los defensores del status quo marchando en las otras calles. ¿Que se puede esperar de esta guerra? Seguramente ganen los mismos de siempre y no se haga la Constituyente, en cuyo caso esperemos una vez mas que los poderes constituidos dejen la corrupción y el circo y empiecen a hacer algo por este país. Pero si llega a ganar la Constituyente, tenemos una posibilidad de éxito, a mi criterio mayor.

3.- Pero digamos las verdades. A ninguno de nosotros, personas acomodadas que vivimos bien en la sociedad como está, nos conviene que las cosas cambien. Siempre tenemos alguien en el Gobierno, alguien en las cortes, o alguien en el régimen de turno que vela por nuestros intereses, muchas veces en perjuicio de los mas desfavorecidos. Yo, sin hipocresía, acepto que probablemente en un régimen de izquierda, con mayores impuestos (a los carros o cualquier otro artefacto de lujo, porque en Ecuador tener carro es LUJO) disminuya mis ganancias y vea mermado mi estilo de vida (en el aspecto económico únicamente). Evidentemente, no quiero que esa plata, que me cobran en impuestos vaya a parar a manos de corruptos que los utilicen en negociados, sin embargo acepto que ese dinero puede serle mucho más útil al Gobierno para que, a través de concesiones o cualquier otra forma permitidas por la Ley, invierta en gasto social y ayude a las clases sociales que mas lo necesitan. Es un sacrifico que estoy dispuesto a hacer, en beneficio de la sociedad.

4.- Gustavo dijo: “Es fácil repetir lo que dicen los Friedman del mundo, pero una revision empirica de sus afirmaciones (incluso una revision analitica - mas compleja de sus afirmaciones) muestra que su vision pro mercado es irreal. Friedman es obsoleto por mas de 30 años en la academia…” Al respecto hemos abundado en doctrina actualizada que señala que la regulación de los mercados es necesaria para su correcto funcionamiento, sin caer en el exceso de regulación que termina por asfixiarlo. Al respecto ver la cita de Alfred Kahn en http://terceraviaecuador.blogspot.com/2006/02/desenmascarando-las-utopias-de-la.html

5.- Gustavo dijo “Los empresarios, que aparentemente para ustedes son buenos por definicion y por naturaleza, siempre se oponen a que les re-distribuyan un centavo de lo que ganan y como grupo de presion poltiico organizado tienen sus excusas: les impide competir etc. En el Siglo XIX decian lo mismo…” Si en principio pero tampoco son todos avariciosos y malos por definición. La iniciativa privada es el mejor camino para crear fuentes de trabajo y hacer avanzar a la economía de un país. Sin embargo, lo que evidentemente no se puede permitir por un Gobierno sensato y social, es que no la actividad económica no esté controlada, so pretexto de que ése, precisamente, es el mejor control… ¿No controlarlos es el mejor control? Eso es doctrina del siglo XIX. Debemos regular pero a conciencia de que no podemos asfixiar a la empresa privada, quien motor de la sociedad, pero tampoco podemos permitir una oligarquía.