jueves, febrero 21, 2008

La regionalizacion de la SENPLADES

Es bastante irónico que el Estado no reconozca la vigencia de la Constitución -a través de una Asamblea que ha concentrado el poder- y por otro lado la utilice para reformar su marco institucional en materias de trascendental importancia Si la Constitución es tan anacrónica y protectora de intereses mezquinos, como se cansaron de repetir ¿porqué utilizan su marco para implementar dramáticos cambios en la estructura funcional del Estado?

Me refiero al Decreto No. 878 mediante el cual la SENPLADES, basándose en el artículo 254 de la CE divide al Ecuador en 8 regiones –Guayas forma parte de la Región 5 junto con las provincias de Santa Elena, Los Ríos y Bolívar- a efectos de la planificación estatal. No voy a criticar la planificación estatal ahora, que en su caso es necesaria para sectores estratégicos pero siempre con criterios restrictivos. Lo que sí quiero tratar son las implicaciones de esta división territorial que podría ser un claro aviso de la visión del gobierno en materia de organización territorial del Estado.

La SENPLADES es el órgano encargado por el Gobierno para hacer los estudios respecto de este tema. Fruto de este encargo se presentó un documento con poco rigor técnico y académico que parece promover una descentralización obligatoria impuesta por técnicos-burócratas que a primera vista se puede pensar tienen la intención de hacer fracasar el modelo para desprestigiarlo y botarlo- por usar una expresión en auge- al tacho de la basura de la historia.

¿Bajo qué criterios decidieron esta división? ¿Quiénes –y si pueden alcen la mano- son los genios clarividentes que impusieron una división de 8 regiones al Ecuador? ¿Por qué no 5, 10 o 15 regiones? Esta decisión en países desarrollados tendría como antecedentes años, sino décadas, de estudios que avalarían tal decisión. En nuestro caso no se ha presentado nada al respecto. Pero, más allá ¿cómo así Guayas está en la región 5, con Los Ríos y Bolívar, y no con El Oro o Galápagos? Es precisamente este debate innecesario lo que se quiere evitar con la aplicación del principio dispositivo en las autonomías, dejando a los entes locales –cantones y provincias- la posibilidad de unirse libremente para formar nuevas regiones autónomas en aras de gestionar sus intereses regionales. Está claro que es necesario poner límites a estas asociaciones voluntarias para evitar una mega-región autónoma que incorpore a territorios que descompensen un equilibrio territorial, pero este eventual panorama no debe ser evitado con una división regional impuesta, arquitectónica y maquiavélica, sino con la imposición de límites máximos que eviten esta descompensación territorial.

Guayas y El Oro, por citar un ejemplo, deben tener la posibilidad y la libertad de formar parte de la misma región si así lo decidieren sus gobernantes y esta decisión es aprobada por sus ciudadanos. Si la regionalización propuesta por la SENPLADES se mantiene en el modelo de organización territorial del gobierno, los entes locales se verían imposibilitados de unirse con aquellos que tienen afinidades y obligados a juntarse con aquellos que desde la SENPLADES nos imponen. Absurda que sólo tendrá como consecuencia una profundización de la división del país y el agotamiento de un modelo que otorga un canal efectivo de progreso y desarrollo.

Es penoso que ciertos artículos de las CE sirvan para centralizar el poder pero aquellos que permiten y garantizan la descentralización son vulnerados e ignorados, como si su aplicación es aleatoria y sujeta al análisis particular del funcionario público. El más grande y absurdo retroceso en la historia del constitucionalismo ecuatoriano ha sido pretender que la vigencia de la CE se produce tras un análisis artículo por artículo por parte del gobernante de turno de aquellos preceptos constitucionales que le favorecen su agenda política, decidiendo cuales aplica y cuales vulnera o ignora. Al muy propio estilo de la anterior partidocracia que todos repugnamos.